Ayudamos a las empresas en materia de derecho mercantil, normativa que regula las relaciones entre empresas, y la que hay entre accionistas o socios con la sociedad de capital de la que son participes. A modo de muestra:
Una sociedad es un grupo de personas que se reúnen con un propósito común. Para establecer un marco legal para este propósito, se requiere una constitución. La constitución de una sociedad describe las reglas y responsabilidades que rigen a sus miembros y sus interacciones. Sirve como guía para los procesos de toma de decisiones y ayuda a mantener el orden dentro de la sociedad. Al formar una sociedad, es importante redactar una constitución completa y clara que refleje los valores y objetivos del grupo. Con la escritura pública de la constitución se sienta las bases para el funcionamiento de la sociedad, asegurando su estabilidad y el éxito en la consecución de sus objetivos.
Los conflictos legales son una parte inevitable de cualquier sociedad, especialmente en una sociedad capitalista. A medida que las personas y las empresas se esfuerzan por maximizar sus ganancias, a menudo surgen disputas sobre propiedad, contratos y otros asuntos legales. En una economía capitalista, donde la competencia es feroz, las disputas legales están en aumento. Esto pone de relieve la necesidad de un asesoramiento legal sólido y eficiente que le ayude a abordar adecuadamente estos conflictos.
Esta es una buena solución si lo que no quieres es ir a juicio. En caso de que exista alguna disconformidad entre dos sujetos, ya bien sea dentro de la misma empresa o con algún cliente o proveedor, el asesor mercantil puede actuar como mediador entre ambas partes, con el propósito de llegar a un acuerdo extrajudicial y así poder ahorrar el litigio.
La consultoría de inversiones es un servicio esencial para las empresas que buscan ampliar su capital y hacer crecer su empresa. En nuestra firma de consultoría, ofrecemos asesoramiento experto sobre estrategias de inversión y ayudamos a los clientes a elaborar sus planes de inversión y financiación. Con nuestro análisis exhaustivo y trayectoria comprobada, garantizamos brindarles a nuestros clientes los planes de inversión más efectivos para optimizar el rendimiento y el éxito de su negocio.
La liquidación de una sociedad implica el proceso de disolución y liquidación de sus activos. Esto puede ocurrir debido a diversas razones, como dificultades financieras, reestructuración o cierre voluntario de la empresa. El proceso comienza con la decisión de los accionistas o propietarios de liquidar la empresa, seguida del nombramiento de un liquidador que supervisará el proceso de disolución. Las principales tareas incluyen la venta de los activos de la empresa, el pago de deudas y pasivos, la distribución de los fondos restantes entre los accionistas y la finalización de los asuntos fiscales. El liquidador es responsable de completar todos los procedimientos legales y administrativos, incluida la cancelación de las licencias comerciales y la información a las autoridades pertinentes. Este proceso marca el final de la existencia de la empresa.
Las sociedades tienen una serie de obligaciones mercantiles que llevar a cabo en el transcurso de su actividad. a titulo informativo estas son algunas de las obligaciones más importantes que una sociedad tiene, su referencia normativa y los plazos asociados al cumplimiento de dichas obligaciones.
Las sociedades mercantiles, tienen la obligación de llevar al día sus cuentas, a través de una contabilidad, esta contabilidad se traduce en tener un libro diario, libro de inventario, balances entre otros libros, donde se registran la información relevante y las operaciones realizadas por la sociedad en el ejercicio de su actividad. Articulo 25.1 del Código de Comercio, y se rige por una normativo especial de planes contables aplicables en función del tipo de sociedad y la naturaleza de su actividad.
Las sociedades se deberán presentar y depositar, en el registro mercantil de su domicilio social las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de su actividad. Las Cuentas anuales comprenden la siguiente información:
Balance de situación.
Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.
Estado de Flujos de Efectivo (en su caso).
Memoria.
Informe de Gestión (en determinados casos).
Además, estas cuentas anuales, podrían presentarse en formato abreviado si se cumplen una serie de requisitos. Articulo 279.1 de la Ley de Sociedades de Capital
Art. 365 del Reglamento del Registro Mercantil
El plazo para la presentación de dichas cuentas, es de un mes después de la aprobación de las cuentas anuales por parte del órgano de gobierno de la entidad. Hay que tener en cuenta, que el plazo para la aprobación de las cuentas anuales comprende los 6 primeros meses posteriores al cierre del ejercicio. Este requerimiento viene especificado en el Artículo 164 de la Ley de Sociedades de Capital
Adicionalmente, puede que la sociedad tenga que realizar auditoría de sus cuentas anuales si éstas superan al menos dos de los siguientes límites, durante dos ejercicios consecutivos, entre otros requerimientos, según está establecido en el art. 263 de la Ley de Sociedades de Capital:
a) Que el total de las partidas del activo no supere los 2.850.000 euros.
b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 5.700.000 euros.
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.
En caso de que la sociedad supere los límites o requerimientos establecidos en la norma, deberá nombrar a un auditor de cuentas independiente.
Las sociedades además deben de llevar un registro o libro de actas donde se hagan constar todos los acuerdos tomados en sus Juntas Generales. Este requerimiento se encuentra en el art. 26 del código de comercio. El libro de actas deberá legalizarse anualmente, y el plazo para los libros de actas es de 4 meses desde el cierre del ejercicio.